El pasado 24 de octubre entró en vigor la Ley 6/2017 de Reformas Urgentes del Trabajo Autónomo, por la que se aprueban importantes novedades que benefician a los autónomos y que procedemos a detallar a continuación:
1. Ampliación de la duración de la tarifa plana (a partir del 1 de enero del 2018)
Los autónomos que se den de alta y no hayan sido autónomos en los 2 años anteriores, pagarán durante los primeros 12 meses una cuota fija de 50€ al mes. Por lo tanto se amplía en 6 meses la tarifa plana de los 50€ y ya no habrá que esperar 5 años desde la baja anterior para aplicar esta bonificación, sino que ese periodo se reduce a 2 años.
Esta medida se establece manteniéndose a su vez el resto de beneficios existentes de la denominada tarifa plana, por lo que el periodo de bonificaciones será de 2 años. Para menores de 30 años, o mujeres menores de 35 años, el periodo de bonificación alcanzará los 3 años. Para discapacitados el periodo de bonificación alcanzará los 5 años.
2. Flexibilidad en las altas y bajas (a partir del 1 de enero del 2018)
Anteriormente siempre se tenía que pagar por todo el mes completo, con independencia del día de alta o de baja.
A partir del 2018 los autónomos pagarán en base a los días reales de alta por cada mes. Esta nueva medida se aplicará hasta un máximo de 3 altas y 3 bajas por año.
3. Cambios en las bases de cotización (a partir del 1 de enero del 2018)
Se amplía a 4 el número de veces al año en que el autónomo podrá cambiarse la base de cotización, en función de sus intereses e ingresos (anteriormente era de 2 veces al año).
4. Deducibilidad de los gastos de manutención del propio autónomo (a partir del 1 de enero del 2018)
Serán deducibles los gastos de manutención siempre y cuando se produzcan en establecimientos de restauración y hostelería situados en término municipal distinto del de su vivienda habitual y domicilio de actividad, y se abonen utilizando cualquier medio electrónico de pago. El importe deducible tendrá el límite de 26,67€ diarios, o el doble si con motivo del desplazamiento se pernocta.
5. Apoyo a la maternidad (ya ha entrado en vigor)
Los autónomos gozarán de una bonificación del 100% de la cuota durante los periodos de descanso por maternidad, paternidad, adopción, riesgo durante el embarazo y riesgo durante la lactancia natural, siempre y cuando esos periodos sean de al menos un mes.
A su vez, las trabajadoras autónomas que por la maternidad hayan cesado su actividad y vuelvan a realizar una actividad por cuenta propia en los 2 años siguientes a la fecha del cese, disfrutarán de la tarifa plana de 50€ mensuales durante los 12 meses siguientes a su reincorporación.
6. Compatibilidad con jubilación (ya ha entrado en vigor)
Los autónomos podrán cobrar el 100% de la pensión y seguir trabajando, siempre y cuando tenga al menos un trabajador contratado.
Con estas novedades se pretende estimular la entrada en el mercado de trabajo de los autónomos y mejorar sus posibilidades de supervivencia.